El pago del impuesto es anual y comenzará en el 2013, siempre y cuando los ingresos sean mayores que los egresos (gastos e inversiones). De lo contrario, el contribuyente solo deberá presentar la declaración jurada relevando el movimiento de ingresos y egresos.
Una persona al realizar actividades o servicios de carácter personal, que le producen ingresos, se convierte en contribuyentes del IRP. Asimismo, se debe tener en cuenta que los ingresos hayan sido productos de actividades de carácter personal (profesionales, artes y oficios).
Otros ingresos alcanzados por este impuesto son las utilidades recibidas como socio o accionista de empresas, interés y venta ocasional de inmuebles. Si bien son ingresos en que puede o no incidir el trabajo personal como principal factor, la ley los considera como ingresos personales. Se les denomina renta y ganancias de capital y también pagan renta personal.
Todo aquello que constituya un ingreso para las personas físicas por alguno de los conceptos mencionados y que supere los 199 millones de guaraníes en este primer año de implementación, estarán grabados por el IRP. Por otro lado este tributo no afecta a las actividades desarrolladas en el exterior.
Para el año 2013, el segundo año de implementación, este rango irá disminuyendo y se deben considerar 108 salarios en el año, lo cual implica 12 salarios menos que el año 2012.